APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 1996




Promulgación: 26/03/1996
Publicación: 26/04/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 698
Referencias a toda la norma

Artículo 48

    La remuneración de todos los cargos, al vacar quedará fijada en el
Grado Escala del Cargo inicial de la escala asignada a la categoría
correspondiente.
La remuneración de  los cargos correspondientes al personal de segundo
orden (Inciso B del artículo 3 del Estatuto de Funcionario del Banco),
al vacar, quedará fijada en el Grado Escala del Cargo de la escala en
que se registró la vacante.
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