PRORROGA DE PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 5º DEL DECRETO 398/019, RELATIVO A PRODUCTOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS PARA LA SALUD HUMANA O MEDIO AMBIENTE, INGRESADOS AL PAIS
La Comisión que se crea en el artículo anterior, estará integrada por el Ministerio de Economía y Finanzas quien la presidirá, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Industria, Energía y Minería, el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Ministerio de Defensa Nacional.