Autorízase al Banco Central del Uruguay en el ámbito de la Gerencia de
Mercado de Valores, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y
siguientes de la Ley Nº 16.749 de 30 de mayo de 1996, a crear los cargos
siguientes:
DENOMINACION DEL CARGO CANTIDAD GRADO E.P.U.
Jefe de Unidad I 2 54
Analista I 1 52
Analista II 1 48
Administrativo I 1 30
Administrativo II 1 20 (*)