COMPENSACION POR DESEMPEÑO TRANSITORIO DE FUNCION. La compensación por
desempeño transitorio de función se otorgará, con los siguientes valores
vigentes al 1º de enero de 1996, a los funcionarios que realicen las
tareas que se detallan:
Maquinista $ 716
Operador de telex (*) " 716
Telefonista " 716
Personal de "Servicios Generales"
que realice tareas en los almacenes
de la Proveeduría " 716
Chofer (**) " 448
Cajero " 358
Contador de billetes " 313
Personal afectado al manejo de
Valores Deuda Pública " 313
Sereno " 54
(*) Excluye al personal administrativo.
(**) Esta compensación no será de aplicación a aquellos funcionarios que
desempeñen la función de chofer, aludidos en el artículo siguiente.