VISTO: lo dispuesto en los artículos 34 y 35 de la ley Nro. 17.555 de 18
de setiembre de 2002 relativo a la Concesión de Depósitos de arenas
Negras y el Estudio Geológico Minero realizado a dichos fines;
RESULTANDO: que las referidas disposiciones facultan al Poder Ejecutivo
para reglamentar los aspectos que correspondan;
CONSIDERANDO: que es necesario disponer lo pertinente a los fines de la
concesión con miras a la explotación de los denominados Depósitos de
Arenas Negras;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo 168 numeral 4º de
la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el denominado "Estudio Geológico Minero del Depósito de Arenas
Negras de Aguas Dulces", del Departamento de Rocha, que comprende el
informe geológico, los estudios de laboratorio y estimación de
reservas. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 199/003 de 22/05/2003 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 109/003 de 20/03/2003 artículo 1.