UTILIZACION DE LA INFORMACION CONTENIDA EN EL SISTEMA DE INFORMACION INTEGRADA DEL AREA SOCIAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL




Promulgación: 12/04/2012
Publicación: 24/04/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 592

Artículo 4

 La comunicación de datos personales al Sistema de Información Integrada
del Área Social que realicen al mismo las entidades que lo integran no
requerirá el consentimiento informado de sus titulares, aún tratándose de
datos sensibles, por encontrarse amparada en lo dispuesto por el literal B
del Inciso tercero del artículo 9, el literal A del Inciso 3 del artículo
17 y el Inciso 2 del artículo 18 de la Ley N°. 18.331 y en los Incisos 1 y
2 del artículo 621 de la Ley N°. 18.719 de 27 de diciembre de 2010.
Tampoco requerirá el consentimiento informado de los titulares de los
datos la comunicación de ellos que realice el Ministerio de Desarrollo
Social a otras entidades públicas, estatales o no, en el ejercicio de
funciones propias de su competencia.
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