UTILIZACION DE LA INFORMACION CONTENIDA EN EL SISTEMA DE INFORMACION INTEGRADA DEL AREA SOCIAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL




Promulgación: 12/04/2012
Publicación: 24/04/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 592

Artículo 5

 La comunicación de información almacenada en el Sistema de Información
Integrada del Area Social que el Ministerio de Desarrollo Social autorice,
en el marco del cometido que le atribuye el literal LL del artículo 9 de
la Ley Nro. 17.866 de 21 de marzo de 2005, a personas físicas o jurídicas
privadas que la requieran para sus estudios o investigaciones, no
requerirá el consentimiento informado de los titulares de los datos.
Dicha información será proporcionada con el carácter de reservada y
exclusivamente para destinar a las actividades habituales del giro o
actividad de las referidas personas, con expresa prohibición de su
difusión a terceros.
En estos casos, el Ministerio de Desarrollo Social formalizará acuerdos de
confidencialidad, que incluyan el compromiso de cumplir con las normas
relativas a la protección de datos personales, tomando las medidas de
seguridad necesarias para salvaguardar la confidencialidad e integridad de
la misma, bajo apercibimiento de las responsabilidades legales que
correspondan.
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