DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. CONSTRUCCION, AMPLIACION Y EXPLOTACION DE ESTACIONAMIENTOS VEHICULARES EN LAS ZONAS QUE SE DETERMINAN
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 12
Exoneración del Impuesto al Patrimonio.- Los bienes muebles afectados a la actividad que se declara promovida estarán exonerados del Impuesto al Patrimonio por toda su vida útil. En el caso de bienes inmuebles, la exoneración comprenderá las obras civiles realizadas por el término de ocho años. Dichos activos se considerarán gravados a efectos del cómputo de pasivos.