SE APRUEBAN NORMAS DE PREVENCION DE INCENDIOS




Promulgación: 14/03/1989
Publicación: 09/05/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 287
Derogada/o por: Decreto Nº 260/013 Derogada/o de 22/08/2013 artículo 39.
Ver vigencia: Decreto Nº 260/013 Derogada/o de 22/08/2013 artículo 38.
Referencias a toda la norma
      Visto: la reiteración de incendios forestales y de campos producida
en el pasado período estival.

      Resultando: I) Que el notorio desarrollo de la actividad turística
conlleva un importante incremento de los predios afectados al asentamiento
de acampantes en lugares próximos o contiguos a bosques o montes;

      II) Que  la propia  naturaleza de la vida en campamentos o vehículos
estacionados en "campings" supone, además de la reunión de gran número de
personas,  la acumulación  de elementos  combustibles, así  como el
encendido de  fuegos, que  significan serios  riesgos  potenciales  de
incendios con posibles derivaciones a zonas forestadas.

      Considerando: I) Que las referidas circunstancias imponen la
necesidad de dictar  normas que  establezcan medidas de prevención de
incendios, de carácter nacional;

      II) Que  de acuerdo  con las  normas contenidas en las leyes 15.896
de fecha 15  de setiembre  de 1987,  y 15.939 de fecha 28 de diciembre de
1987, es  atribución del Poder Ejecutivo dictar reglamentos de Policía
de Fuego,  y normas  en materia de prevención de incendios de bosques,
en ambos casos con jurisdicción nacional.

      Atento: a  lo previsto  en el  artículo 2  de la  ley 15.896  y en
el artículo 29 de la ley 15.939;

                  El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 111/989 de 14/03/1989 artículo 1.

SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - PEDRO BONINO GARMENDIA - JOSE VILLAR
GOMEZ
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