INGRESO A LAS RESIDENCIAS MEDICAS HOSPITALARIAS




Promulgación: 14/03/1989
Publicación: 14/08/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1989
  •    Página: 293

DE LAS PRUEBAS DE OPOSICION

Artículo 4

  Se realizarán dos pruebas clínicas. La primera será sobre una historia
clínica de enfermos de coordinación o Sala. La segunda, se efectuará sobre
una historia clínica de enfermos de urgencia.
   Las disciplinas no clínicas (V. gr. Anatomía Patológica, Administración
de Salud, etc.) realizarán dos pruebas escritas de acuerdo a un temario
preestablecido por la Comisión Técnica de Residencias Médicas.
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