Visto: lo dispuesto por el inciso 1º del artículo 2º del decreto 662/979,
de 19 de noviembre de 1979, que reglamenta el Impuesto a las Actividades
Agropecuarias (IMAGRO).
Considerando: la conveniencia de modificar la referida norma, a efectos de
facilitar la aplicación del Impuesto que reglamenta,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 662/979 de 19/11/1979
artículo 2 inciso 1º).