APROBACION DE DISPOSICIONES PARA FACILITAR LA ENTREGA Y ESTUDIO DE EXPEDIENTES EN LAS OFICINAS JUDICIALES




Promulgación: 28/02/1978
Publicación: 10/03/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 366

Artículo 2

  Quien desee ver un expediente que se halle radicado en una oficina
dependiente de la administración de justicia deberá solicitar previamente
el recibo aludido en el artículo anterior.

  Una vez llenado el recibo con los datos que en éste se expresan y contra
su entrega al funcionario respectivo, el solicitante obtendrá el
expediente pedido, y una vez estudiado el mismo en la oficina, al
reintegrar el expediente al funcionario, éste le devolverá el recibo.
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