REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS
La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos y la Dirección Nacional de Medio Ambiente acordarán la información que la primera remitirá a los efectos de su inclusión en el Observatorio Ambiental Nacional, creado por la Ley N° 19.147, de 18 de octubre de 2013. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 269/018 de 27/08/2018 artículo 3.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 115/018 de 24/04/2018 artículo 136.