AUTORIZACION AL BCU PARA QUE FACILITE DIVISA EXTRANJERA PARA LA IMPORTACION DE MATERIALES Y/O MATERIAS PRIMAS NECESARIAS PARA FABRICAR PRODUCTOS A SER UTILIZADOS EN LAS OBRAS DE SALTO GRANDE
Las importaciones referidas en el artículo 1º estarán eximidas del pago
de derechos de aduana y adicionales, del impuesto a las importaciones, de
depósitos previos y consignaciones de las tasas, derechos y aranceles
consulares, de las tasas y proventos portuarios, así como de cualquier
otro gravamen a la importación o a la exportación vigente o a crearse.