Prorrógase por el período comprendido entre el 1º marzo y el 31 de agosto
de 2009, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones
de carne ovina establecida en el artículo 3º del Decreto Nº 621/008 de 15
de diciembre de 2008.
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 417/009 de 07/09/2009 artículo 3.