De la cifra así determinada será deducido un 20% para ajustes por
posibles desviaciones de la recaudación. Con el 80% resultante, será
determinada una compensación mensual fija en moneda nacional que deberá
ser proporcional al sueldo básico, extensión horaria de cada grado y
compensación máxima al grado y al número de cargos presupuestados y
contratados (ocupados y vacantes).