AFECTACION DE INGRESOS DE FUNCIONARIOS PARA PAGO DE COMPENSACIONES. DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL




Promulgación: 15/04/1997
Publicación: 24/04/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 763
Fe de erratas publicada/s: 30/04/1997.

Artículo 3

   De la cifra así determinada será deducido un 20% para ajustes por
posibles desviaciones de la recaudación. Con el 80% resultante, será
determinada una compensación mensual fija en moneda nacional que deberá
ser proporcional al sueldo básico, extensión horaria de cada grado y
compensación máxima al grado y al número de cargos presupuestados y
contratados (ocupados y vacantes).
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