La Dirección de Contralor Legal expenderá certificados guía de
circulación de uva, únicamente a los viticultores que se hallen inscriptos
en el Registro de Empresas a que hace referencia el decreto 336/983, de 21
de setiembre de 1983, así como a las personas autorizadas a
representarlos.
Dichos documentos serán intransferibles pudiendo ser utilizados
únicamente para circular las uvas del viticultor al que se lo expidió y
que provenga del viñedo para el cual fue entregado.