En el ejemplar que debe devolver el viticultor al bodeguero deberá hacer
constar:
a) El peso de la uva recibida, discriminado por variedad y comprobado en
el momento del recibo.
b) El grado glucométrico de dicha uva.
c) Fecha de recepción de la uva.
Si el bodeguero se niega a devolver firmado el ejemplar de certificado
guía, en la forma prevista por este artículo, la uva correspondiente al
envío no le será computada como respaldo del vino elaborado.