FIJACION DEL PRECIO PARA LAS UVAS. COSECHA 1986




Promulgación: 21/02/1986
Publicación: 23/06/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 568

Artículo 7

   Las infracciones violatorias de las disposiciones del presente decreto,
serán sancionadas de acuerdo a las normas de la ley 10.940, de 19 de
setiembre de 1947, y modificativas y artículo 142 de la ley 13.640,
de 26 de diciembre de 1967.
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