La Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca,
tomará conocimiento en toda controversia que se suscite con relación a los
precios, plazos y forma de pago de la uva y sus subproductos, así como
también en toda discrepancia que pueda existir en torno a la aplicación de
las normas contenidas en el presente decreto, proponiendo las medidas
conciliatorias que estime conveniente.