FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ABRIL 1996




Promulgación: 27/03/1996
Publicación: 17/04/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 758
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Lo dispuesto en el artículo 1ro. regirá a partir del 1º de abril de
1996 y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos,
rurales y de la esquila.
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