Derogada/o por: Decreto Nº 255/020 de 18/09/2020 artículo 3.
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo del 27 de febrero de 1996, por el
cual se fijan las asignaciones trimestrales para el cálculo de las
Partidas de Gastos de Etiqueta correspondientes a las Misiones
Diplomáticas y Oficinas Consulares de la República;
RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 3 de octubre
de 2012 se dispone la reapertura de la Embajada de la República en la
República de Nicaragua;
CONSIDERANDO: que es pertinente fijar la asignación trimestral para Gastos
de Etiqueta para la Embajada de la República en la República de Nicaragua,
en $ 0,80;
ATENTO: a lo antes expuesto y a lo establecido por el artículo 235 de la
Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 12/013 de 16/01/2013 artículo 1.