TASA GLOBAL ARANCELARIA - IMPUESTO AL VALOR AGREGADO




Promulgación: 06/03/1991
Publicación: 17/12/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 193

Artículo 4

  Extiéndense los beneficios otorgados en el Artículo 2º a la importación 
de los equipos y elementos necesarios para la construcción e instalación de los servicios o infraestructura, necesarios para la operatividad de los
sistemas destinados a las actividades mencionadas en el artículo 1.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 8.
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