El citado personal realizará sus tareas a órdenes del Comisario
Seccional del lugar donde se encuentre ubicado el kiosco o lugar de
asentamiento, tanto en lo administrativo como en lo táctico y será
responsabilidad de éste, su utilización -solamente- en tareas consideradas
de prevención situacional, así como en los cometidos señalados en el
artículo anterior.