APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 2002




Promulgación: 06/03/2003
Publicación: 02/04/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 412
Referencias a toda la norma

Artículo 13

 El Organismo podrá disponer de hasta 600 U.R. anuales por concepto de 
Quebranto de Caja y reglamentará su aplicación afectándolo a aquellos 
funcionarios que manejen dinero o valores asimilados por su naturaleza y 
convertibilidad a efectivo en forma directa y permanente y proporcional 
al tiempo en que ejerzan las funciones. Su valor se ajustará 
automáticamente al momento de la ejecución.
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