FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION PARA LA IMPORTACION DE AZUCAR




Promulgación: 06/04/1983
Publicación: 29/04/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 519

Artículo 2

   Los precios mínimos de exportación establecidos en el artículo anterior
regirán por un plazo de 90 (noventa) días a partir de la fecha de vigencia
del presente decreto. 
Referencias al artículo
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