FIJACION DE MONTOS PARA CERTIFICADOS DE HABILITACION POLICIAL, DOCUMENTOS Y MULTAS. JEFATURAS DE POLICIA




Promulgación: 28/03/1989
Publicación: 21/04/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
   Visto: lo preceptuado en el artículo 2° del decreto ley 15.046, de 5 de agosto de 1980.

   Resultando: I) Que la Contaduría Central del Ministerio del Interior propone la actualización de los valores fijados por el decreto 355/988, de 10 de mayo de 1988, para los Certificados de Habilitación Policial y otros documentos que expiden las Jefaturas de Policía, así como de las multas que se aplican por incumplimiento de lo prescripto en el decreto 529/979, de 25 de setiembre de 1979;

   II) Que los ajustes mencionados se efectuaron conforme a la variación  operada en el Indice General de los Precios del Consumo en el período 1° de enero de 1988 - 31 de diciembre de 1988.

   Atento: a lo precedentemente, expuesto,

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Actualízase el valor de los Certificados de Habilitación Policial en la forma que a continuación se establece:

a) Trámite común N$ 333.00 (nuevos pesos trescientos treinta y tres);
b) Trámite urgente N$ 580.00 (nuevos pesos quinientos ochenta): 

SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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