REGLAMENTACION DE DISPOSICIONES DE LA LEY 19.942, RELATIVAS A MITIGAR EL IMPACTO ECONOMICO COMO CONSECUENCIA DEL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL SANITARIA POR COVID-19
Las deudas por infracciones tributarias podrán ser objeto del régimen de facilidades de pago regulado por los artículos 18 y siguientes de este Decreto, aún cuando las obligaciones por los impuestos que las originaron se encuentren extinguidas.