Facúltase al Ministerio de Agricultura y Pesca, por
intermedio del Sector Granos (SEGRA), para:
a) Concertar con el Banco de la República Oriental del Uruguay y con
su acuerdo, los créditos necesarios para atender los pagos a los
productores de semilla "Registrada", así como todos los gastos de
almacenaje, procesamiento, financiamiento y comercialización;
b) Fijar los precios de venta de la semilla "Registrada", una vez
procesada, a ser vendida a productores de semilla certificada. Los montos
que se perciban por estas ventas serán destinados a cubrir los créditos
concedidos por el Banco de la República Oriental del Uruguay.