AGILITACION DE PROCEDIMIENTOS PARA LA REGULARIZACION DE DETERMINADOS BIENES QUE SE ENCUENTRAN EN LA OBRA DE SALTO GRANDE




Promulgación: 31/03/1982
Publicación: 26/04/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 852

Artículo 5

   Los elementos y bienes de la procedencia expresada introducidos en la
Obra de Salto Grande que se hallen dentro del territorio nacional de dicha
Obra y no estén incluidos dentro del caso expresado en el artículo 3º del
presente decreto, quedarán incorporados al patrimonio nacional después de
transcurridos seis meses de la recepción provisoria de las obras.
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