REGLAMENTACION DE LA AUTORIZACION PARA CONTRATAR EN REGIMEN DE "CACHET"




Promulgación: 31/03/2003
Publicación: 07/04/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 612
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 319 Derogada/o.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 La asistencia efectiva se documentará mediante tarjeta magnética en 
todas las dependencias donde exista equipo. Si no la hay, se dejará 
constancia escrita de ello y se llevará un libro de registro de entradas 
y salidas, cuya veracidad controlará en todo momento el jerarca bajo su 
responsabilidad. Toda falta injustificada a la veracidad de lo anotado en 
el libro será considerada motivo suficiente para rescindir el contrato 
sin preaviso y sin perjuicio de las responsabilidades del jerarca.
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