PLAN DE ESTUDIOS Y PROGRAMAS. UNIVERSIDAD CATOLICA DAMASO ANTONIO LARRAÑAGA




Promulgación: 23/02/1990
Publicación: 15/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

    Los egresados de la carrera de Derecho de la Universidad Católica del
Uruguay "Dámaso Antonio Larrañaga", tanto en su nivel de Procurador como
en el de Doctor en Derecho, en el uso de su título para el ejercicio de
las profesiones de procurador o de abogado, podrán señalar el origen del
mismo añadiendo a su firma y la indicación de su título o profesión,
Procurador o en su caso Doctor en Derecho o Abogado, el nombre de la
universidad que lo expide: Universidad católica del Uruguay "Dámaso
Antonio Larrañaga" o su sigla UCUDAL".  (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 356/993 de 04/08/1993 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 124/990 de 23/02/1990 artículo 3.
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