El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CAPÍTULO II - De la naturaleza jurídica y de los estatutos de las instituciones
Artículo 10
(Revocación de la autorización o reconocimiento institucional, así como de sus carreras, en caso de disolución de la personería jurídica). En caso de disolución de la personería jurídica deberá gestionarse también la revocación de la autorización para funcionar (si se trata de una institución universitaria) o del reconocimiento institucional (si se trata de una institución terciaria no universitaria), así como la revocación del reconocimiento de sus carreras. El Poder Ejecutivo o el Ministerio de Educación y Cultura, según corresponda, se expedirá a través de un único acto administrativo.