REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 15.661, RELATIVO A LA REGULACION DEL SISTEMA DE ENSEÑANZA TERCIARIA PRIVADA




Promulgación: 04/06/2026
Publicación: 16/06/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO III - De la autorización para funcionar como institución de educación terciaria

Artículo 13

   (Autorización para funcionar como institución de nivel universitario). El Poder Ejecutivo otorgará la autorización para funcionar, prevista en el artículo 1 del Decreto-Ley N° 15.661, de 29 de octubre de 1984, a aquellas instituciones que, cumpliendo con los requisitos formales y sustanciales previstos en los artículos siguientes, proyecten realizar enseñanza universitaria en una o más áreas de conocimiento.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 48 y 55 (vigencia).
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