Autorízase al Banco Central del Uruguay en el ámbito de la Gerencia de
Mercado de Valores, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20º y
siguientes de la Ley No. 16.749 de 30 de mayo de 1996 y de la Ley No.
16.774 de 27 de setiembre de 1996, a crear los cargos siguientes:
DENOMINACION DEL CARGO CANTIDAD ESCALA
PATRON UNICA
GRADOS
Jefe de Unidad I 1 54
Analista I 1 52
Analista III 4 36