DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS AFILIADOS FRENTE A LA FUSION DE AFAPS




Promulgación: 09/04/2001
Publicación: 20/04/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 901

CAPITULO III - DE LAS DISPOSICIONES ESPECIALES PARA LA FUSION DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE AHORRO PREVISIONAL

Artículo 12

 (De la modalidad de la fusión) La fusión de Administradoras de Fondos de 
Ahorro Previsional podrá llevarse a cabo por cualquiera de las 
modalidades previstas por el artículo 115º de la Ley Nº 16.060.-
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