Prorrogase por el período comprendido entre el 1° de abril de 2013 y el
31 de marzo de 2014, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las
enajenaciones de carne de conejo establecida en el artículo 1° del Decreto
N° 42/013 de 6 de febrero de 2013.-
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 99/014 de 22/04/2014 artículo 1.