PRORROGA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL ART. 116 DE LA LEY 19.535 RELATIVO AL MANTENIMIENTO DE UNA DOTACION DE PERSONAL GARANTIZANDOLES UN MINIMO DE JORNALES Y PERSONAL EVENTUAL, ASI COMO DEL AMBITO DE NEGOCIACION Y DE LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTS. 2° Y 3° DE LA LEY 19.578




Promulgación: 30/04/2018
Publicación: 08/05/2018
Sección: Último Momento
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.
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