REGLAMENTACION DE LA LEY 19.869, POR LA QUE SE ESTABLECIERON LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA IMPLEMENTACION Y DESARROLLO DE LA TELEMEDICINA




Promulgación: 02/05/2024
Publicación: 15/05/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.869 de 02/04/2020.
   VISTO: la necesidad de reglamentar las disposiciones de la Ley N° 19.869, de 2 de abril de 2020;

   RESULTANDO: que la telemedicina representa un significativo avance en la prestación de servicios de salud, garantizando a través de medios tecnológicos, un acceso eficaz y seguro para los usuarios;

   CONSIDERANDO: lo dispuesto en los artículos 8 y 9 de la Ley N° 19.869, de 2 de abril de 2020, que encomiendan al Poder Ejecutivo la reglamentación para la prestación del servicio, así como sus medidas de seguridad y responsabilidad;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo preceptuado por las disposiciones citadas y a lo establecido en el artículo 168 ordinal 4° de la Constitución de la República;

                      El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1

   (Objeto).- El presente Decreto tiene por objeto regular la telemedicina, definida como la provisión de servicios de salud mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación, para el intercambio de información válida para el diagnóstico, tratamiento y prevención de enfermedades y lesiones, investigación y evaluación, y para la educación continua de los proveedores de atención sanitaria, todo en interés de mejorar la salud de los individuos y sus comunidades.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.

   BEATRIZ ARGIMÓN - NICOLÁS MARTINELLI - OMAR PAGANINI - AZUCENA ARBELECHE - ARMANDO CASTAINGDEBAT - PABLO DA SILVEIRA - JOSE LUIS FALERO - ELISA FACIO - PABLO MIERES - KARINA RANDO - FERNANDO MATTOS - REMO MONZEGLIO - RAÚL LOZANO - ALEJANDRO SCIARRA - ROBERT BOUVIER
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