A partir del 1º de enero de 2003, se dará cumplimiento a lo dispuesto en
los artículos 2º y 7º del Decreto Nº 176/001 de 15 de mayo de 2001. Los
empleados de la ex Administración Nacional de los Servicios de Estiba
(ANSE), pasarán a revistar en una planilla especial, en la Unidad
Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría" del Programa 001
"Administración General" del Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social" hasta que se produzca su incorporación a otra unidad ejecutora de
la Administración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1º del
presente Decreto.