Cuando se efectué la adecuación presupuestal, se comparará la
retribución que corresponde en el organismo de destino, considerando la
tabla de sueldos básicos y toda otra compensación de cualquier
naturaleza, con la retribución total que el funcionario percibe en la ex
Administración Nacional de los Servicios de Estiba (ANSE).
Si la retribución que corresponde a la función contratada en el organismo
de destino es igual o superior a la que el funcionario percibe en origen,
se asignará aquélla. Si fuere menor, la diferencia se entenderá como
compensación al funcionario y en todo los casos llevará los aumentos que
se fijen para el sueldo básico. Asimismo, la referida compensación se irá
absorbiendo en ocasión de cambios en la tabla de sueldos o del grado de
la función contratada.