CORRECCION DEL DECRETO 361/020, REGLAMENTARIO DE LOS ARTS. 5°, 6° Y 7° DE LA LEY 19.932, REGLAMENTARIA DE LOS ARTS. 37 Y 38 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA




Promulgación: 11/01/2021
Publicación: 15/01/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo establecido en el Decreto N° 361/020, de 23 de diciembre de 2020;

   RESULTANDO: que el mencionado Decreto exceptúa determinadas situaciones de la prohibición establecida en el artículo 5 de la Ley N° 19.932, de 21 de diciembre de 2020;

   CONSIDERANDO: I) que se padeció error involuntario en un número de la Ley N° 19.932, establecido en el ATENTO y en los artículos 1° y 2°, escriturándose correctamente tanto en el VISTO como en el RESULTANDO II;

   II) que resulta necesario modificar el Decreto N° 361/020, en el único sentido indicado;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase en el ATENTO, y en los artículos 1° y 2° del Decreto N° 361/020, de 23 de diciembre de 2020, donde dice "Ley N° 19.332" debe decir "Ley N° 19.932".

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

   LACALLE POU LUIS - JORGE LARRAÑAGA - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - LUIS ALBERTO HEBER - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA - PABLO BARTOL - ADRIAN PEÑA
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