CORRECCION DEL DECRETO 361/020, REGLAMENTARIO DE LOS ARTS. 5°, 6° Y 7° DE LA LEY 19.932, REGLAMENTARIA DE LOS ARTS. 37 Y 38 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo establecido en el Decreto N° 361/020, de 23 de diciembre de 2020;
RESULTANDO: que el mencionado Decreto exceptúa determinadas situaciones de la prohibición establecida en el artículo 5 de la Ley N° 19.932, de 21 de diciembre de 2020;
CONSIDERANDO: I) que se padeció error involuntario en un número de la Ley N° 19.932, establecido en el ATENTO y en los artículos 1° y 2°, escriturándose correctamente tanto en el VISTO como en el RESULTANDO II;
II) que resulta necesario modificar el Decreto N° 361/020, en el único sentido indicado;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase en el ATENTO, y en los artículos 1° y 2° del Decreto N° 361/020, de 23 de diciembre de 2020, donde dice "Ley N° 19.332" debe decir "Ley N° 19.932".
LACALLE POU LUIS - JORGE LARRAÑAGA - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - LUIS ALBERTO HEBER - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA - PABLO BARTOL - ADRIAN PEÑA