CREACION DE UN REGIMEN DE SISTEMAS DINAMICOS DE ADQUISICION, PARA LA CONTRATACION DE BIENES, SERVICIOS U OBRAS DE USO CORRIENTE DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS ESTATALES
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 40.
SECCIÓN I - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 4
(Competencia de la Unidad Administradora). Es competencia de la Unidad Administradora, entre otras:
a) Definir los términos de la convocatoria de la que resultará la
conformación de la nómina de proveedores precalificados.
b) Incorporar a los proveedores que se ajusten a las exigencias del
pliego, tanto los que correspondan a la conformación inicial de la
nómina como aquellos que surjan en los períodos habilitados para
nuevas incorporaciones.
c) Definir las categorías de bienes, servicio u obras que integrarán la
nómina inicial.
d) Incorporar, de oficio o a solicitud de un interesado, bienes,
servicios u obras no comprendidos en las categorías definidas, así
como nuevas categorías vinculadas al objeto de contratación.
e) Habilitar el uso de precios de referencia que condicionen la
participación en el procedimiento, así como a las sucesivas
cotizaciones que se realicen en la segunda etapa.
f) Administrar el Sistema Dinámico de Adquisición durante toda su
vigencia.