Fíjase el monto imponible del Impuesto a los Artículos Suntuarios, que grava la venta de automóviles y vehículos similares para el año 1974. Sustitúyese el porcentaje establecido en el artículo 3º del Decreto Nº 620/970 en la redacción dada por el Decreto Nº 829/972.