VISTO: el Decreto Nº 473/006, de fecha 27 de noviembre de 2006.
RESULTANDO: que el referido Decreto estableció un régimen de pérdida o
reducción de preferencia arancelaria, con la finalidad de neutralizar
efectos distorsionantes de algunos flujos comerciales, resultante de
situaciones asimétricas aún no resueltas en el ámbito del MERCOSUR.
CONSIDERANDO: que es conveniente modificar el alcance de las condiciones
que deben ser cumplidas a fin de obtener la excepción del arancel fijado
de conformidad con el mencionado régimen.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 473/006 de 27/11/2006
artículo 9 literal b.2).