ESCALA PATRÓN ÚNICA. La remuneración del personal presupuestado, a partir
del 1° de enero de 2012, se fijará por remisión al grado que en cada caso
se haya asignado y en correspondencia con los respectivos importes de la
Escala Patrón Única.
Los importes establecidos en la Escala Patrón Única que se consigna a
continuación son los valores vigentes a enero de 2011 y serán reajustados
tomándose en cuenta la variación del Índice General de Precios del Consumo
confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística, las
disponibilidades financieras del Banco, así como las disposiciones que se
acuerden en materia salarial entre el Poder Ejecutivo, los representantes
de los cuatro Bancos Oficiales y la Asociación de Empleados Bancarios del
Uruguay.
GEPU VALOR $
0 16.921
1 17.272
2 17.622
3 17.986
4 18.388
5 19.583
6 20.032
7 20.500
8 21.011
9 21.557
10 22.073
11 22.639
12 23.227
13 23.840
14 24.502
15 25.166
16 25.870
17 26.618
18 27.381
19 28.168
20 29.010
21 29.869
22 30.762
23 31.706
24 32.682
25 33.710
26 34.779
27 35.897
28 37.075
29 38.274
30 39.551
31 40.866
32 42.236
33 43.686
34 45.184
35 46.766
36 48.393
37 50.091
38 51.883
39 53.725
40 55.663
41 57.681
42 59.783
43 61.965
44 64.258
45 66.655
46 69.155
47 71.748
48 74.474
49 77.307
50 80.250
51 83.339
52 86.556
53 89.898
54 93.412
55 94.853
56 98.556
57 102.445
58 106.488
59 110.715
60 115.130
61 119.704
62 124.515
63 129.528
64 134.751
65 140.196
La escala precedente es de aplicación para fijar las retribuciones del
personal presupuestado, tanto en el ingreso o ascenso al cargo, como para
la determinación de los progresivos por antigüedad en el cargo en la
escala aplicable, según las normas que se establecen en los artículos
siguientes.
La denominación de los cargos será la que determinen estas normas y la
reglamentación. El grado correspondiente en la Escala Patrón Única será el
establecido en forma expresa en estas disposiciones o, en su defecto, el
que figure en las planillas presupuestales que son parte integrante de las
mismas, con ajuste a la clase, categoría o grupo funcional que
corresponda.