SECCIÓN II - DEL IMPUESTO Y EL ADICIONAL QUE SE CREA CAPÍTULO I - IMPUESTO EMERGENCIA SANITARIA COVID-19
Artículo 16
Obligaciones de los Responsables.- Los responsables, excepto cuando existan disposiciones expresas en contrario, deberán:
a) Emitir resguardos a los contribuyentes por los montos que les hubieren retenido o percibido en cada ocasión.
b) Verter dichos importes, en los plazos y condiciones que establezca la Dirección General Impositiva.
c) Presentar declaración jurada de las retenciones efectuadas, en aquellos casos en que la Dirección General Impositiva lo establezca y en los plazos y condiciones que disponga.