SECCIÓN II - DEL IMPUESTO Y EL ADICIONAL QUE SE CREA CAPÍTULO II - ADICIONAL AL IMPUESTO DE ASISTENCIA A LA SEGURIDAD SOCIAL (IASS)
Artículo 19
Responsables Sustitutos. - Desígnanse responsables sustitutos del adicional que se reglamenta, a las entidades mencionadas en el artículo 10 del Decreto N° 344/008 de 16 de julio de 2008, por las prestaciones devengadas en los meses de abril y mayo de 2020, y en su caso, en los meses de junio y julio de 2020 si así lo dispusiera el Poder Ejecutivo.
A efectos de determinar la retención dispuesta en el inciso anterior, cada responsable deberá aplicar las tasas establecidas en el artículo anterior, sobre el total de las prestaciones mensuales por ella servidas.