Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
A partir del 1.o de enero de 1976, fíjanse las asignaciones de los programas operativos, de operaciones financieras y de inversiones de la Administración Nacional de Puertos en la cantidad total de N$ 97:708.130
(nuevos pesos noventa y siete millones setecientos ocho mil ciento treinta).
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 134/978 de
08/03/1978.
Ver en esta norma, artículo:9.